Índice:

Artículo 1 – Definiciones

Artículo 2 – Identidad del empresario

Artículo 3 – Ámbito de aplicación

Artículo 4 – La oferta

Artículo 5 – El contrato

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

Artículo 7 – Gastos en caso de desistimiento

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

Artículo 9 – El precio

Artículo 10 – Conformidad y garantía

Artículo 11 – Entrega y ejecución

Artículo 12 – Contratos de duración determinada: duración, rescisión y prórroga

Artículo 13 – Pago

Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

Artículo 15 – Controversias

Artículo 16 – Disposiciones complementarias o derogatorias

Artículo 1 – Definiciones

A efectos de las presentes condiciones, se entiende por:

  1. Plazo de reflexión: el plazo en el que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de su actividad profesional o empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario;
  3. Hola: día natural;
  4. Transacción costosa: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o adquisición se distribuye a lo largo del tiempo;
  5. Soporte de datos duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información que le esté dirigida personalmente, de tal forma que sea posible consultarla en el futuro y reproducirla sin modificaciones.
  6. Derecho de desistimiento: la posibilidad de que el consumidor renuncie al contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
  7. Formulario tipo: el formulario tipo de desistimiento que pone a disposición el empresario y que el consumidor puede cumplimentar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
  8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
  9. Contrato a distancia: un contrato en el que, en el marco de un sistema de venta a distancia de productos y/o servicios organizado por el empresario, se recurre exclusivamente a una o varias técnicas de comunicación a distancia hasta el momento de la celebración del contrato;
  10. Tecnología para la comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario se hayan reunido al mismo tiempo en un mismo lugar.
  11. Condiciones generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.

Artículo 2 – Identidad del empresario

Smartific.nl
PePePe S.L.
Sulky 6 J
Zeewolde
3897AJ

Registro Mercantil: 34236211
N.º de IVA: NL815030411B01

Número de teléfono: 085-0160877

Artículo 3 – Ámbito de aplicación

  1. Las presentes condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario, así como a todos los contratos a distancia celebrados y a los pedidos entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en las oficinas del empresario y que, a petición del consumidor, se le enviarán lo antes posible y sin coste alguno.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor por vía electrónica, de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente por vía electrónica o por cualquier otro medio.
  4. En caso de que, además de las presentes condiciones generales, sean de aplicación condiciones específicas relativas a productos o servicios, se aplicarán por analogía los apartados segundo y tercero, y el consumidor podrá invocar en todo momento, en caso de contradicción entre las condiciones generales, la disposición aplicable que le resulte más favorable.
  5. Si, en cualquier momento, una o varias disposiciones de las presentes condiciones generales resultaran nulas o fueran anuladas, total o parcialmente, el contrato y las presentes condiciones seguirán vigentes en todo lo demás, y la disposición en cuestión se sustituirá sin demora, de común acuerdo, por otra que se aproxime lo más posible al sentido de la original.
  6. Las situaciones que no estén reguladas en las presentes condiciones generales deberán evaluarse ‘de acuerdo con el espíritu’ de las mismas.
  7. Cualquier ambigüedad sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberá interpretarse ‘según el espíritu’ de las presentes condiciones generales.

Artículo 4 – La oferta

  1. Si una oferta tiene una vigencia limitada o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la propia oferta.
  2. La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
  3. La oferta incluye una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores manifiestos o las equivocaciones evidentes en la oferta no son vinculantes para el empresario.
  4. Todas las imágenes y los datos técnicos que figuran en la oferta son orientativos y no pueden dar lugar a indemnización alguna ni a la rescisión del contrato.
  5. Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
  6. Cada oferta debe contener información que permita al consumidor conocer claramente cuáles son los derechos y obligaciones que conlleva la aceptación de la misma. Esto se refiere, en
    Particular:
    • el precio, impuestos incluidos;
    • los posibles gastos de envío;
    • la forma en que se formalizará el contrato y qué trámites son necesarios para ello;
    • si es aplicable o no el derecho de desistimiento;
    • las modalidades de pago, entrega y cumplimiento del contrato;
    • el plazo para aceptar la oferta, o bien el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
    • el importe de la tarifa de comunicación a distancia, en caso de que los costes derivados del uso de la tecnología de comunicación a distancia se calculen sobre una base distinta de la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado;
    • si el contrato se archiva tras su celebración y, en caso afirmativo, de qué manera puede consultarlo el consumidor;
    • la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar los datos que ha facilitado en el marco del mismo y, si lo desea, rectificarlos;
    • los demás idiomas, si los hubiera, en los que, además del neerlandés, pueda celebrarse el contrato;
    • los códigos de conducta a los que se ha adherido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica; y
    • la duración mínima del contrato a distancia en el caso de una operación a plazo.
    • Opcional: tamaños, colores y tipos de materiales disponibles.

Artículo 5 – El contrato

  1. El contrato se perfeccionará, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepte la oferta y cumpla las condiciones establecidas en la misma.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora, también por vía electrónica, la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
  3. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de la transmisión electrónica de datos y velará por que el entorno web sea seguro. Si el consumidor puede realizar el pago por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas a tal efecto.
  4. El empresario podrá —dentro de los límites legales— informarse de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar un pedido o una solicitud, indicando los motivos, o a someter su ejecución a condiciones especiales.
  5. El empresario deberá facilitar al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información, por escrito o de tal forma que el consumidor pueda almacenarla de manera accesible en un soporte de datos duradero:
  6. la dirección de visita del establecimiento del empresario al que el consumidor puede acudir para presentar sus reclamaciones;
  7. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o bien una indicación clara de que dicho derecho queda excluido;
  8. la información sobre garantías y el servicio posventa disponible;
  9. los datos que figuran en el artículo 4, apartado 3, de las presentes condiciones, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato;
  10. los requisitos para la rescisión del contrato cuando este tenga una duración superior a un año o sea de duración indefinida.
  11. En caso de una operación a plazo, la disposición del apartado anterior solo se aplicará a la primera entrega.
  12. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de que exista disponibilidad suficiente de los productos en cuestión.

 Artículo 6 – Derecho de desistimiento

En el momento de la entrega de los productos:

  1. Al adquirir productos, el consumidor tiene la posibilidad de rescindir el contrato sin necesidad de indicar los motivos durante un plazo de 14 días. Este plazo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante designado previamente por el consumidor y comunicado al empresario.
  2. Durante el plazo de reflexión, el consumidor deberá tratar con cuidado el producto y el embalaje. Solo podrá desembalar o utilizar el producto en la medida en que sea necesario para poder evaluar si desea quedárselo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios suministrados y —si es razonablemente posible— en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
  3. Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a comunicárselo al empresario en un plazo de 14 días a partir de la recepción del producto. El consumidor deberá realizar dicha comunicación mediante el formulario modelo. Una vez que el consumidor haya notificado su intención de ejercer su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor deberá demostrar que los artículos entregados se han devuelto a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
  4. Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha manifestado su intención de ejercer su derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considerará formalizada.

En la prestación de servicios:

  1. En el caso de la prestación de servicios, el consumidor tiene la posibilidad de rescindir el contrato sin necesidad de indicar los motivos durante un plazo mínimo de 14 días, a partir del día de la celebración del contrato.
  2. Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor deberá seguir las instrucciones razonables y claras que el empresario le haya facilitado en la oferta y/o, a más tardar, en el momento de la entrega.

Artículo 7 – Gastos en caso de desistimiento

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, deberá asumir, como máximo, los gastos de devolución.
  2. Si el consumidor ha abonado algún importe, el empresario lo reembolsará lo antes posible, a más tardar en un plazo de 14 días tras la revocación. No obstante, esto estará supeditado a que el comerciante online ya haya recibido el producto o a que se pueda presentar una prueba fehaciente de que se ha devuelto íntegramente. El reembolso se realizará a través del mismo método de pago utilizado por el consumidor, salvo que este dé su consentimiento expreso para utilizar otro método de pago.
  3. En caso de que el producto resulte dañado por un uso descuidado por parte del propio consumidor, este será responsable de la posible pérdida de valor del producto.
  4. No se podrá considerar responsable al consumidor por la pérdida de valor del producto cuando el empresario no haya facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento; dicha información debe facilitarse antes de la celebración del contrato de compraventa.

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor en el caso de los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o al menos con la debida antelación antes de la celebración del contrato.
  2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible en el caso de los productos:
  3. que hayan sido elaborados por el empresario de acuerdo con las especificaciones del consumidor;
  4. que son claramente de carácter personal;
  5. que, por su naturaleza, no pueden devolverse;
  6. que pueden estropearse o caducar rápidamente;
  7. cuyo precio está sujeto a fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia;
  8. para periódicos y revistas sueltos;
  9. para grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
  10. para productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
  11. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible en el caso de los servicios:
  12. relativas a el alojamiento, el transporte, la restauración o las actividades de ocio que se vayan a realizar en una fecha determinada o durante un período determinado;
  13. cuya entrega haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que haya expirado el plazo de desistimiento;
  14. relativo a las apuestas y las loterías.

Artículo 9 – El precio

  1. Durante el plazo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo en caso de variaciones de precio debidas a cambios en los tipos del IVA.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer a precios variables aquellos productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia alguna. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean, en su caso, orientativos, se indicarán en la oferta.
  3. Las subidas de precios en los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si son consecuencia de normativas o disposiciones legales.
  4. Los aumentos de precio a partir de los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si el empresario así lo ha estipulado y:
  5. que sean consecuencia de normativas o disposiciones legales; o
  6. el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
  7. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
  8. Todos los precios están sujetos a errores de impresión y de composición. No se asume ninguna responsabilidad por las consecuencias de los errores de impresión y de composición. En caso de errores de impresión y de composición, el empresario no está obligado a entregar el producto al precio erróneo.

Artículo 10 – Conformidad y garantía

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios se ajustan a lo estipulado en el contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los requisitos razonables de calidad y/o aptitud para el uso, y a las disposiciones legales y/o normativas administrativas vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del habitual.
  2. Una garantía ofrecida por el empresario, el fabricante o el importador no menoscaba los derechos y reclamaciones legales que el consumidor pueda hacer valer frente al empresario en virtud del contrato.
  3. Cualquier defecto o producto entregado por error deberá comunicarse por escrito al empresario en un plazo de 2 meses a partir de la entrega. La devolución de los productos deberá realizarse en su embalaje original y en perfecto estado.
  4. El plazo de garantía del empresario coincide con el plazo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no se hace responsable en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cada aplicación concreta por parte del consumidor, ni de los posibles consejos relativos al uso o la aplicación de los productos.
  5. La garantía no se aplicará si:
  • El consumidor haya reparado y/o modificado por sí mismo los productos entregados, o haya encargado a terceros que los reparen y/o modifiquen;
  • Los productos entregados que hayan estado expuestos a condiciones anormales, que se hayan manipulado de forma descuidada o que se hayan tratado de forma contraria a las instrucciones del empresario y/o a las indicadas en el embalaje;
  • El defecto se deba, total o parcialmente, a las normas que las autoridades públicas hayan establecido o vayan a establecer en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

Artículo 11 – Entrega y ejecución

  1. El empresario actuará con la mayor diligencia posible a la hora de recibir y tramitar los pedidos de productos, así como a la hora de evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
  2. Se considerará como lugar de entrega la dirección que el consumidor haya facilitado a la empresa.
  3. Sin perjuicio de lo dispuesto al respecto en el apartado 4 del presente artículo, la empresa tramitará los pedidos aceptados con la debida diligencia, a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá una notificación al respecto a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin coste alguno. El consumidor no tendrá derecho a indemnización alguna.
  4. Todos los plazos de entrega son orientativos. El consumidor no puede derivar ningún derecho de los plazos que se indiquen. El incumplimiento de un plazo no da derecho al consumidor a una indemnización por daños y perjuicios.
  5. En caso de resolución de conformidad con el apartado 3 del presente artículo, el empresario reembolsará al consumidor el importe que este haya abonado lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 14 días a partir de la resolución.
  6. Si resultara imposible entregar un producto solicitado, el empresario se esforzará por facilitar un artículo sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega, se indicará de forma clara y comprensible que se está entregando un artículo sustitutivo. En el caso de los artículos sustitutivos, no se puede excluir el derecho de desistimiento. Los gastos de una posible devolución correrán a cargo del empresario.
  7. El riesgo de que los productos sufran daños o se extravíen recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

Artículo 12 – Contratos de duración determinada: duración, rescisión y prórroga

Rescisión

  1. El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y cuyo objeto sea el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, en cualquier momento, siempre que se respeten las normas de rescisión acordadas a tal efecto y se respete un plazo de preaviso de, como máximo, un mes.
  2. El consumidor podrá rescindir en cualquier momento, al término del plazo establecido, un contrato celebrado por un período determinado y cuyo objeto sea el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, en cualquier momento antes de que finalice dicho plazo, respetando las normas de rescisión acordadas al efecto y un plazo de preaviso de, como máximo, un mes.
  3. El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
  • rescindir en cualquier momento, sin que la rescisión se limite a un momento concreto o a un período determinado;
  • al menos rescindirlos de la misma forma en que él los suscribió;
  • Rescindir siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí mismo.

Prórroga

  1. Un contrato celebrado por un plazo determinado y cuyo objeto sea el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un plazo determinado.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por un plazo determinado y destinado a la entrega periódica de, semanarios y revistas, prorrogarse tácitamente por un plazo determinado de hasta tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir dicho contrato prorrogado al término de la prórroga con un plazo de preaviso de, como máximo, un mes.
  3. Un contrato celebrado por un plazo determinado y cuyo objeto sea el suministro periódico de productos o servicios, solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor tiene derecho a rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso de, como máximo, un mes, y de, como máximo, tres meses en caso de que el contrato tenga por objeto la entrega periódica —pero con una frecuencia inferior a una vez al mes— de periódicos, diarios, semanarios y revistas.
  4. Un contrato de duración limitada para la entrega periódica, a modo de prueba, de periódicos, boletines informativos, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de familiarización) no se prorroga tácitamente y finaliza automáticamente al término del periodo de prueba o de familiarización.

Duración

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento transcurrido un año, con un plazo de preaviso de un mes como máximo, salvo que la razón y la equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice la duración acordada.

Artículo 13 – Pago

  1. Salvo que se acuerde lo contrario, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 7 días laborables a partir del inicio del plazo de reflexión previsto en el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, dicho plazo comenzará a contar una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
  2. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier error en los datos de pago facilitados o indicados.
  3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, salvo que la ley lo limite, a cobrar los gastos razonables que se le hayan comunicado previamente al consumidor.

Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones debidamente publicado y tramita la reclamación de conformidad con dicho procedimiento.
  2. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse ante el empresario, de forma completa y claramente descritas, en un plazo de dos meses a partir de que el consumidor haya constatado los defectos.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá en el plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede el consumidor esperar una respuesta más detallada.
  4. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, se producirá un litigio que estará sujeto al procedimiento de resolución de litigios.
  5. En caso de reclamaciones, el consumidor debe dirigirse en primer lugar al comerciante. Si la tienda online está afiliada a la Fundación WebwinkelKeur y las reclamaciones no pueden resolverse de mutuo acuerdo, el consumidor debe dirigirse a la Fundación WebwinkelKeur (webwinkelkeur.nl), que actuará como mediador de forma gratuita. Comprueba si esta tienda online tiene una suscripción vigente a través de https://www.webwinkelkeur.nl/ledenlijst/. En caso de que aún no se haya llegado a una solución, el consumidor tiene la posibilidad de que su reclamación sea tramitada por la comisión de litigios independiente designada por la Fundación WebwinkelKeur; su resolución es vinculante y tanto el empresario como el consumidor aceptan dicha resolución vinculante. La presentación de un litigio ante esta comisión de resolución de litigios conlleva unos gastos que el consumidor deberá abonar a la comisión en cuestión. Asimismo, es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea de resolución de litigios en línea (http://ec.europa.eu/odr).
  6. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que este indique lo contrario por escrito.
  7. Si el empresario considera que una reclamación está justificada, sustituirá o reparará los productos entregados sin coste alguno, según su elección.

Artículo 15 – Controversias

  1. Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican las presentes condiciones generales se regirán exclusivamente por la legislación neerlandesa, incluso si el consumidor reside en el extranjero.
  2. No se aplica la Convención de Viena sobre los contratos de compraventa.

 Artículo 16 – Disposiciones complementarias o derogatorias
Las disposiciones complementarias o que se aparten de las presentes condiciones generales no podrán ir en detrimento del consumidor y deberán consignarse por escrito o de tal forma que el consumidor pueda almacenarlas de manera accesible en un soporte de datos duradero.